Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
UNICO: DAR POR TERMINADA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN decretada a CRISTOPHER GONZALEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. 16.506.805, de 28 años de edad, nacido en fecha 14 de Diciembre del año 1983, de profesión u oficio Supervisor de Alimentos y Bebidas, con domicilio en calle La Marina cruce con Meneses, edificio ALAI, piso 9, Apartamento 92, Porlamar, Municipio Mariño de este Estado. Todo conforme con lo establecido en el artículo 42, en su primer aparte, de la Ley de Protección de Víctimas, testigos y demás sujetos procesales.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a la Fiscalía Superior, a la víctima. Líbrese oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Nueva Esparta (IAPOLENE) la presente decisión. Cúmplase.-