Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 4 ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de EDGAR DAVID QUINTERO VELASQUEZ, venezolano titular de la cédula de identidad No. 6.127.996, venezolano, de 47 años de edad, de profesión Lic. en trabajo social, domiciliada en Sector Villa Juana, kilometro 8, de la Avenida Juan Bautista Arismendi, Urbanización DORAL Margarita. Municipio García, de este Estado, su esposa CLARA DIGNA PEÑA SUAREZ , cedula de identidad numero V-4.739.051 su nieta (IDENTIDAD OMITIDA) 2.- Oficiar al Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), COMISARIA DE VILLA ROSA, fin de que realice periódicamente recorrido y/o vigilancia, en el domicilio de la víctima EDGAR DAVID QUINTERO VELASQUEZ, venezolano titular de la cédula de identidad No. 6.127.996, venezolano, de 47 años de edad, de profesión Lic. en trabajo social, domiciliada en Sector Villa Juana, kilometro 8, de la Avenida Juan Bautista Arismendi, Urbanización.....