Condena al ciudadano: WILMER MARCELO SUAREZ VIZCAINO anteriormente identificado, a cumplir la pena de: DIECISEIS (16) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISION y las accesorias de ley, por haber admitido su responsabilidad en la comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 ejusdem, tomando además en consideración los artículos 37, 74 ordinal 4º y 88 todos del Código Penal y en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; delitos por los cuales lo acusó la representación Fiscal, acordándose su reclusión en la Base Operacional N° 04 de la Policía del Estado, tal como lo ha solicitado la defensa, en resguardo de su vida, pues fue herido de gravedad antes en el Internado de la Región Insular, tal como costa en las actuaciones, ello de conformidad con el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezue.....