Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SE ACUERDA CON LUGAR la solicitud de entrega EN CALIDAD DE DEPOSITO, al ciudadano FRANKLIN GIOVANNY RAMIREZ VELASCO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.507.678, asistido por las Abogadas en ejercicio LUCIA PEÑA y ADRIANA GONZALEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 118.670 y 103.695, y de este domicilio, todo de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, con la obligación de presentarlo ante la Fiscalía del Ministerio Público o este Tribunal cuando le sea requerido. Este Tribunal ordena oficiar al Estacionamiento Caribe, ubicado en la población de Pedrogonzález, Municipio Gómez .....