DISPOSITIVA DEL AUTO DE SOBRESEIMIENTO
En virtud del SOBRESEIMIENTO ordenado el día de la celebración de la Audiencia Especial, esta Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la empresa CULTIVOS y BIOTECNOLOGIA MARINA BIOTECMAR, C.A., representada por su Presidente: ALEJANDRO SUELS ARAN ya identificado, por la comisión de los delitos de PROPAGACIÓN ILÍCITA DE ESPECIES VEGETALES Y ACTIVIDADES DEGRADANTES EN AREAS ESPECIALES, previstos y sancionados en los artículos 57 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, en relación con lo previsto en los artículos 98 y 99 del Código Penal, por considerarlo ajustado a derecho, toda vez que se encuentran llenos los extremos de los artículos 45 y 48 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 318 ordinal 5° todos del Código Orgánico Procesal Penal, referentes a sobreseer la causa por cuanto se ha extinguido la acción penal,.....