Siendo la oportunidad legal prevista en la última parte del artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley condena al ciudadano RICHARD ENRIQUE PONCE ya identificado, a cumplir la pena de UN (1) AÑO, NUEVE (9) MESES y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO y las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO ARREBATON CON VOLENCIA, EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, en relación con los artículos 80 y 82 todos del Código Penal, delito por el cual lo acusó la representación fiscal y por el cual admitió los hechos, en aplicación además de los artículos 37, 74 ordinal 4º del Código Penal y en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniendo su actual situación de libertad para no desmejorar su condición, en base a la progresividad de los derechos fundamentales, c.....