ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 03 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA ARRESTO DOMICILIARIO, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DANIEL EDUARDO TASCON, venezolano, natural de Porlamar, indocumentado, a los fines de cumplir el respectivo reposo aducido por la médico forense anteriormente mencionada, con el objeto de resguardar el derecho social fundamental a la salud, contemplado en el Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo reposo lo cumplirá en su propio domicilio por el Lapso de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA DE HOY 31-05-2012, el cual se encuentra ubicado en la Urbanización Calle Nueva, casa sin numero, de color beige, sector la Guardia, Municipio Díaz, de este Estado, bajo RECORRIDOS POLICIALES, asignándosele a funcionarios adscritos a la Comisaría de San Juan (INEPOL), y una vez cumpl.....