OÍDAS COMO HAN SIDO LAS PARTES Y VISTAS LAS PRESENTES ACTUACIONES, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EMITE LOS SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO. Desestima la solicitud fiscal, por cuanto de la jurisprudencia emanada de nuestro mas alto Tribunal en relación al efecto suspensivo, contenido en el articulo 374 de la Ley Adjetiva Penal, específicamente, señala que para que el mismo proceda, deben de estar llenos los extremos de la mencionada norma, la cual establece que cuando el hecho punible merece pena privativa de libertad menor de tres años en su limite máximo, y el imputado tenga antecedentes penales y en todo caso cuándo el hecho punible merezca una pena privativa de libertad de tres años en su limite máximo, el recurso de apelación que interponga el Ministerio Publico, contra la decisión que acuerde la Libertad del imputado tendrá efecto suspensivo. Por interpretación de esta norma, los requisitos exigidos por el legislador son: que el hecho punible m.....