Decisión
Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del imputado LUIS OMAR CUMANA CUMANA, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido el 07/07/79, de 23 años, obrero, cédula 15.676.399, hijo de Luis Malaver y de Marta Cumaná, residenciado en la Calle Capitán Alfonso casa de dos plantas de bloques sin frisar cerca del polígono de tiro Municipio Mariño; consistente en “Prohibición de Comunicarse con la Víctima ni estar a menos de cincuenta metros (50m) de éste” con el ánimo de evitar encuentros fortuitos y posibles enfrentamientos, todo de conformidad con el artículo 256 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.