Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley decreta la Suspensión Condicional del Proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 553, del Código Orgánico Procesal Penal, y artículos 37, 39 del Código Orgánico procesal Penal derogado, a favor del imputado GREGORI JOHAN PEREZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, Titular de la cédula de identidad N° V- 12.392.302, nacido en fecha 02-06-73, residenciado en Urbanización Palo Verde, Residencias Parque el Avila, etapa 2, piso 1 Apto 16, estado Miranda., por un período de de UN (01) AÑO sometido a las siguientes condiciones: a) Residir en un lugar determinado. b) Permanecer en un trabajo fijo y estable. c) No poseer ni portar armas. d) Presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Distrito Federal, a los fines.....