Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº. 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De la revisión hecha a la acusación, de conformidad con el establecido en el articulo 330.2 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal admite totalmente la acusación hecha por el representante de la Fiscalía Tercera (A) del Ministerio Público, admitida la presente acusación, formulada en contra de los acusados SILVESTRE JOSE RODRIGUEZ quien es venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N º V-17.396.195, Residenciado en la Prolongación de la avenida 4 de Mayo, edificio María Gabriela, piso 7, apartamento 7-E, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta. y JESUS ALBERTO RAMONI NIEVES, quien es venezolano, natural de Maracay, estado.....