Ahora bien, como quiera que la imputada ANNY DEL VALLE REYES CARREÑO, no ha hecho uso de ninguna de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso ni tampoco del procedimiento especial por Admisión de Hechos, el cual es el que aquí procede, aun cuando se le ofreció por parte de este Tribunal aun cuando se les ofreció por parte de este Tribunal y como quiera que la imputada y su defensora desean demostrar su inocencia en los hechos imputados por las representaciones fiscales, se Ordena el Pase de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio, vista la reserva que hizo este Tribunal en el dispositivo cuarto del Acta de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 09-06-2014, en el cual , este Tribunal se reservo dictar por separado el respectivo Auto de Apertura a Juicio para la apertura al Juicio Oral y Público correspondiente, tal como lo prevé el artículo 313 de la ley adjetiva Penal. Igualmente, se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (05) días concurran a.....