Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECLARA: Con Lugar la solicitud de Prorroga solicitada por la Fiscalia Cuadragésimo Sexta con Competencia Plena a Nivel Nacional y Fiscalia Cuarta del ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, respectivamente, lapso este que empezara a correr a partir del día Diecinueve (19) de abril del presente año hasta el día Tres (03) de mayo del año dos mil diez (2010), ambas fechas inclusive, manteniéndose la medida que pesa en contra del imputado. Cúmplase, Notifíquese a las partes.