Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano CLEIVIS JOSE RIVAS a cumplir la pena de UN (1) AÑO CUATRO (04) MESES ONCE (11) DIAS Y SEIS (06) HORAS DE PRISION, la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO previstos y sancionado en el Art. 455 Ord. 3°, en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 todos del Código Penal, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal. Todo de conformidad con lo establecido en los articulo 77.4, 80, 89, del Código Penal, 330.6, 376, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y articulo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, publíquese y dia.....