Encontrándonos en la oportunidad de imponer a los ciudadanos imputados SMITH EZEQUIEL PEREZ CARABALLO y BLEDAS MARCEL PEREZ, de una Medida con la cual se garantizará su comparecencia a las demás fases del proceso, este Tribunal tomando en consideración que la pena posible a imponer del delito por el cual se va a llevar la presente investigación ya acogido por este Tribunal, el mismo es igual en su limite máximo los 10 años, considera este Despacho que están llenos los extremos previstos en el artículo 237 parágrafo primero este ultimo referente al peligro de fuga, así como lo previsto en los artículos 236 Ordinal 3º y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente; en virtud de lo cual, este Tribunal considera acreditado el peligro de fuga y el peligro de obstaculización de la investigación, y para garantizar las resultas del presente proceso considera que lo procedente y ajustado a derecho ponderando las circunstancias acontecidas en la presente audiencia es Decretar en.....