Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Decretado como fue el Archivo Fiscal por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA impuesta en el presente caso al ciudadano WILFREDO JOSÉ CARABALLO VELASQUEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 30 de Octubre del año 1976, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nro. V-15.423.217, de estado civil casado, de profesión u oficio pescador, domiciliado en Valle Verde, Bloque 10, Segundo Piso, en al Apartamento del señor Damaso Rodríguez, Municipio García del Estado Nueva Esparta. Notifíquese a las parte.....