Por las razones antes expuestas, este Juzgador comparte los fundamentos de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, toda vez que dicha solicitud encaja y se adecua perfectamente a lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en el presente proceso que se le sigue al ciudadano HENRY ALBERTO CRUCES PACHECO, Venezolano, natural de Lima, Perú, nacido en fecha 23-04-1965, de 44 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.523.052, de profesión u oficio Vigilante, Residenciado en Hotel Palermo, cerca de la Plaza Bolívar, sin residencia fija en el Estado Nueva Esparta, manifiesta estar domiciliado en Parque Central, Edificio Tacagua, apartamento 11-3, cerca del Nuevo Circo, Distrito Federal; de conformidad con lo e.....