Por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de la contemplada en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada TREINTA (30) DÍAS por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a favor de los Ciudadanos KATHERINE DEL VALLE PALLARES MATA, JAVIER DEL JESUS VALIENTE MATA, RAFAEL LUIS VILLARROEL BETANCOURT Y JAIL JOSE PALLARES MATA, por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delitos de LESIONES GENERICAS previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, para la ciudadana KATHERINE DEL VALLE PALLARES MATA, INSTIGACION A DELINQUIR previsto y sancionado en el articulo .....