ADMITE totalmente la acusación en contra de Oscar Emilio Rojas, siendo igualmente pertinente y necesario las pruebas ofrecidas para el juicio oral por la Representación Fiscal, a excepción de la incorporación para su lectura de la experticia a la sustancia incautada así como a la experticia toxicológica, ya que el medio de prueba a incorporar en el debate oral y público será la declaración del experto quien la practicó y no el contenido del dictamen pericial, pruebas estas a las que se adhirió la defensa, de acuerdo con el principio de comunidad de las pruebas. Se admiten las pruebas ofrecidas por la defensa al resultar lícitas, legales, pertinentes y necesarias. En consecuencia, se decreta la orden de abrir el juicio oral y público en la presente causa y se emplaza a las partes para que concurran ante el juez de juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco días siguientes, debiendo el secretario remitir a dicho juez las presentes actuaciones.