Este Tribunal observa que estamos frente al supuesto enunciado y tomando en consideración las circunstancias del caso en particular, se evidencia que tras la rebeldía manifiesta del imputado de concurrir al acto luego de ser debidamente notificado, en mas de dos (2) oportunidades, hay convicción del peligro de fuga, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSUTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados, y en su lugar DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en consecuencia se ORDENA LA APREHENSION de los ciudadanos HUMBERTO JOSÉ GONZALEZ, venezolano, Natural de Caracas, Distrito Capital, Titular de la Cedula de Identidad Nº 6.231.097, residenciado en la Av. Principal de Montalban, Villa I, Piso N° 13, Apto N° 103, Caracas Distrito Capital, y NELSON ARMANDO ROJAS IBLEN, venezolano, Natural de Caracas, Distrito Capital, Titular de la Cedula de Identidad Nº 6.385.280, residenciado en la Calle Real .....