VI.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 01.07.2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado de la causa que llame al proceso para que conforme el litisconsorcio activo necesario existente en este caso a la ciudadana MARIA TERESA BROTONS BARRIOS, con el fin de que alegue lo que estime pertinente y ejerza sus defensas en este proceso, dentro del lapso que expresamente le concederá y se aclara que dependiendo de la postura que ésta asuma, el Tribunal de la causa deberá resolver lo concerniente a la continuación del proceso, conforme a los lineamientos expresados en e.....