En virtud de que este tribunal superior puede de oficio o a petición de parte declarar extinguida la acción previa notificación del actor en cualquiera de las formas previstas en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación del abogado TAREK KHATIB SÁNCHEZ, para que concurra a este tribunal dentro de los cinco días de despacho siguientes a su notificación y explique los motivos de su inactividad, advirtiéndosele que este juzgado ponderará sus explicaciones y de considerarlas poco convincentes declarará extinguida la acción; igualmente actuará ante la falta de comparecencia del notificado.
Por cuanto de las actas de este expediente no consta el domicilio procesal de la parte actora, se ordena emitir un cartel de forma inmediata, y su fijación en las puertas del tribunal, oportunidad a partir de la cual comienzan a transcurrir diez días de despacho para que el abogado TAREK KHATIB SÁNCHEZ se dé por notificado y vencido dicho término se le conceden cinc.....