PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada HEMILY RIVAS, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora sociedad mercantil EL REY DEL KOKO, C.A, en contra del auto dictado en fecha 02-10-2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado dictado en fecha 02-10-2017, por el referido Juzgado, así como todas aquellas actuaciones que se relacionen directamente con el procedimiento incidental aperturado, inclusive aquellas que no se hayan aportado en copia certificada a este expediente y en consecuencia, se INADMITE la tacha planteada.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dado el carácter revocatorio del presente fallo.