III .- DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
Primero: Con lugar la inhibición propuesta por la ciudadana Jiam Salmen de Contreras, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Se dispone que la mencionada jueza no siga conociendo la causa. Tercero: Remítase al Juzgado de alzada antes mencionado copia certificada de la presente decisión para que éste en conocimiento de la misma.
PUBLÍQUESE INCLUSIVE EN LA PÁGINA WEB DEL TRIBUNAL, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA, de las presentes actuaciones.
Dada, sellada y fir.....