En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada SOL MARA RONDON ESPINOLA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano FABIO CAMPILONGO en contra del auto dictado en fecha 9 de julio de 2021, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto apelado dictado en fecha 09-07-2021 por el referido Juzgado, solo en lo que respecta a la negativa de la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada, y se ordena que dicho Juzgado proceda a decretar la medida de prohibición de enajenar y gravar sob.....