VI.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NIDIA BARRIOS actuando en su carácter de representante de los descendientes de la rama de JOSE ANTONIO VASQUEZ y ANTONIA VASQUEZ, en contra del auto dictado en fecha 16-10-2014 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado dictado en fecha 16-10-2014 por el referido Juzgado.
TERCERO: De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas del recurso a la apelante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y BÁJESE el exp.....