VII.- Decisión
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado Luis Teneud Figuera, apoderado judicial de la parte demandada contra el auto de fecha 14.07.2005 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se declara la nulidad de los actos celebrados con posterioridad al 21.02.2005 incluyendo obviamente el auto apelado de conformidad con el artículo 212 del Código de Procedimiento Civil, quedando vigente la notificación de la parte demandada y actora, y por consiguiente se repone la causa al estado que se fije oportunidad para que tenga lugar el acto de desig.....