En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por el Jueza Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Abg. IXORA LOURDES DIAZ en fecha 01-07-2022, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue la sociedad mercantil GRUPO CARMA, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES Y DISEÑOS DIMA, C.A., (expediente Nº T-2-INST-12.522-21 numeración particular de ese Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Jueza no debe seguir conociendo de dicho asunto por encontrarse incursa en la causal contenida en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
TERC.....