En razón de lo anterior y de la voluntad de las partes del presente juicio, manifestada por el ciudadano Hussein Youssef El Ladin, en su condición de presidente de la sociedad de comercio El Pingüino Import, C.A., parte actora, el ciudadano Kalil Nagib Ibrahim Gehim, y la abogada Naileth Brito Peña, en su condición de apoderada judicial de la empresa Tronco Seco, C.A., parte demandada, de transar el presente procedimiento en los términos establecidos en el escrito, observando que la apoderada judicial de la empresa codemandada tiene efectivamente facultades para ello; este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Homologada la transacción celebrada expresamente en fecha 21-06-2007, entre la parte actora del presente juicio, sociedad mercantil El Pingüino Imp.....