En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: Se CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha 23 de marzo de 2015 por el Tribunal de Circuito del Décimo Primer Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América, División de Familia, expediente N° 2015-003995-FC-04, Sección 29, que declaró disuelto el vínculo matrimonial que existió entre los ciudadanos EDWIN RENEE QUIROZ LOZADA y ZORAIDA CECILIA ZÁRATE SANOJA, contraído en fecha 18 de marzo de 1.992, ante el Juzgado Quinto de Municipio del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de la República Bolivarian.....