VIII.-Decisión
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley declara:
Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Elvira González, apoderada judicial de la ciudadana GLORIELYS URIMARE PERDOMO RAMIREZ, parte demandada, contra el auto dictado en fecha 21-09-2011 dictado por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Segundo: Se confirma el auto apelado de fecha 21-09-2011, con distinta motivación, dictado por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Tercero: Se ordena la notificación de las partes por haber sido emitido el presente fallo fuera del lapso establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, R.....