Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado Roberto Calvarese, apoderado judicial de la sociedad mercantil Inversiones Woody¿s Pub, C.A contra el auto de fecha 24-10-2000, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se confirma el auto de fecha 24-10-2000, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Tercero: Se condena en costas del recurso al apelante por disposición expresa del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y notifíquese a las.....