V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte querellada, ciudadana CLAUDIA ELIZABETH OBANDO ALDANA en contra de la sentencia dictada en fecha 16.10.2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 16.10.2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: En cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 269 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena remitir copia certificada del expediente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Nueva Esparta, a .....