En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación intentada por el ciudadano JUAN CARLOS SAAVEDRA, parte actora en la presente causa, debidamente asistido por los abogados GUSTAVO A. MORENO MEJÍAS y JESUS RAFAEL GARCIA ESPINOZA, contra la Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se dispone que la Jueza JIAM SALMEN DE CONTRERAS, continúe conociendo del presente juicio, el cual seguirá su curso en el estado en que se encuentre.
TERCERO: Se le impone a la recusante una multa de dos bolívares (Bs. 2,00) por no haber resultado.....