Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declara:
Primero: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional sobrevenido interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano Walter Winkler, antes identificado, contra el oficio N° 13.259 del 23-04-2013, proferido por el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, donde suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar, sin esperar el transcurso de los cinco (05) días para la apelación condicionado a que el sexto día estaba autorizado para admitir o no la apelación.
Publíquese, regístrese diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los veintidós (22) días del mes de julio de dos mil trece.....