VI.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ALVIAN GONZÁLEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, ciudadana ALESIA MARÍA VARGAS DÍAZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 12.03.2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 12.03.2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por cuanto el presunto agraviante es un Tribunal de la República.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.....