IV. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Bolivariano de Esparta, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Sociedad INVERSIONES 19-81 C.A, contra la sentencia de fecha 22-05-2015 dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, que declaró CON LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por INVERSIONES INMOBILIARIAS, TORNAR, C.A., contra la primera de las nombradas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada dictada por el referido Tribunal en fecha 22-05-2015.
TERCERO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte apelante por man.....