Decisión
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin lugar la apelación formulada por la ciudadana (Identidad omitida), parte actora, contra el fallo dictado en fecha 17 de noviembre de 2005, por la Jueza Unipersonal Nº 1 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se anula el fallo apelado dictado en fecha 17 de noviembre de 2005, se anulan todos los actos de procedimiento incluyendo el auto de admisión de la solicitud de obligación alimentaria de fecha 01-03-2004, de conformidad con el artículo 212 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato del artículo 178 de la Ley Orgánica para la Prot.....