En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada BESAIDA LUNA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra del auto dictado en fecha 17-02-2020 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil , del Tránsito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado dictado en fecha 17-02-2020 por el mencionado Juzgado de Primera Instancia.
TERCERO: SE EXHORTA a la abogada BESAIDA LUNA a dar cumplimiento a los deberes de lealtad y probidad que deben cumplir los abogados litigantes en sus actuaciones procesales so riesgo de que en caso de reincidencia se le impongan las sanciones administra.....