VI.- DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Se concede fuerza ejecutoria en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio dictada en fecha 28-05-2005 por la Charia Islámica de Tartous e inscrita en la Secretaría de Tartous, según partida Nº 591/360, de fecha 20 de octubre de 2005, República Árabe Siria, que disolvió el matrimonio existente entre los ciudadanos GHASSAN NASSER y ANGELA MARIA BARAKAT, celebrado en fecha 27 de junio de 1996, ante el Departamento de Tartous, República Árabe Siria, siendo dicha acta registrada bajo el Nº 851, posteriormente legalizada ante la Dirección de Asuntos Civiles de Tartous y ante el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Árabe Siria y ante la Embajada de.....