VII.- Decisión
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 04-04-2011, por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se revoca el auto apelado dictado en fecha 04-04-2011 por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y en consecuencia se le ordena al tribunal de la causa que emitió el auto apelado pronunciarse sobre la admisión o no de las pruebas conforme a las reglas señaladas en la presente decisión y de conformidad con la ley, explicando detalladamente cada una de las pruebas.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido .....