En razón de lo anterior, por cuanto es la voluntad de la parte recurrente desistir del recurso de apelación interpuesto en fecha 19.01.2018 en contra de la decisión dictada en fecha 16.01.2018 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial, y siendo que la abogada MARICARMEN CARABALLO NORIEGA, apoderada judicial de la sociedad mercantil PATIO PAMPATAR C.A., parte actora en el presente juicio, se encuentra expresamente facultada para plantear dicho desistimiento, tal y como se evidencia del instrumento poder que cursa a los folios 40 al 43 de este expediente, en virtud de lo cual este Tribunal Superior Accidental HOMOLOGA dicho desistimiento.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de V.....