Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada JULADYS MILANO, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BELFREY, C.A, parte demandante, contra el auto dictado en fecha 07-03-2019 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado dictado por el referido Juzgado de Instancia en fecha 07-03-2019.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia. Remítase el expediente al tribunal de origen en su oportunidad.
Dada, firmada y s.....