VII.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado ANASTACIO RAFAEL RIVERO ORTEGA, parte actora, contra la sentencia dictada el 12 de agosto de 2010 por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada dictada en fecha 12-08-2010 por el referido Juzgado.
TERCERO. SE CONDENA EN COSTAS del recurso al apelante por mandato expreso del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: NOTIFIQUESE a las partes la presente decisión por haberse emitido fuera del lapso establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE CO.....