En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso ordinario de apelación interpuesto por el Ciudadano Dr. Gilberto Marín Gómez, en su condición de apoderado Judicial de los Ciudadanos Carmen Mata de Quijada, Teodoro mata; Prisciliano Mata; Nicomedes Mata y otros, contra el auto de fecha 11.11.1999, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Segundo: Se ordena al Juzgado de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 402 del Código de Procedimiento Civil, fijar plazo para la evacuación de la prueba de exhibición de documento promovida por el Dr. Gilberto Marín Gómez y precluido dicho plazo proceder como lo indica .....