REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Dieciséis (16) de Octubre de Dos Mil Tres
193° y 144°
Visto el anterior escrito de fecha 14.10.2003 (f. 48), presentado por el Ciudadano Dr. CARLOS LUIS LUGO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.221.058, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 31.853, con domicilio en el Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, mediante el cual consigna planilla de Pago N° 0302632, forma N° 02; cumpliendo con la multa impuesta por el entonces Juez provisorio de este Tribunal, abogado Asdrúbal Salazar Hernández, mediante Decreto N° 47 de fecha 17.09.2002; sanción esta que aplicó el mencionado Juez de conformidad con el Artículo 94 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; a los fines de proveer este Tribunal observa:
Mediante Decreto N° 47, de fecha 17......