En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado DANIEL SILVA SALAZAR, en su carácter de defensor judicial de la parte demandada, ciudadana FERAS ALMATNI contra la decisión dictada en fecha 09-10-2018 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia apelada dictada en fecha 09-10-2018 por el referido Juzgado de Municipio.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda por DESALOJO POR NECESIDAD DE OCUPAR EL INMUEBLE (VIVIENDA) siguen los ciudadanos CARMEN ALICIA BELLO DE VALLENILLA Y LEOPOLDO VALLENILLA LEÓN contra el ciudadano FERAS ALMA.....