En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados JORGE ANTONIO BARRERA Y RICHARD ANTONIO PIÑANGO MORAN, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadano SVEN ENGLERT en contra de la sentencia emitida en fecha 08.03.2010 por el Juzgado Segundo Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA el fallo dictado en fecha 08.03.2010 por el referido Juzgado de Instancia.
TERCERO: INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACION) incoada por el ciudadano JULIO CESAR REYES en contra del ciudadano SVEN ENGLERT, ya i.....