Vista la anterior diligencia de fecha 28.07.2003 (f. 157), suscrita por el Ciudadano JOSE DANIEL FIGUEIRA GONCALVES, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.097.667, domiciliado en la Ciudad de Juangriego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, con la asistencia jurídica de la Ciudadana Dra. ANTONIETA BELLO, abogado en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 11.719, mediante la cual DESISTE en todas y cada una de sus partes de la acción de Divorcio intentada contra su cónyuge MARIA JOSE D´ FREITAS, este Tribunal a los fines de su homologación Observa:
Consta de autos que en fecha 06.07.2000, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la presente causa dictó sentencia declaró sin lugar la demanda de divorcio propuesta por el Ciudadano José Daniel Figueira Goncalvez contra su cónyuge la ciudadana Maria José D´Freitas.
En fecha 20.05.2003, este Juzgado Superior revo.....