VIII.-Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de reivindicación inmobiliaria y la subsidiaria de demolición de una pared supuestamente ilegalmente edificada en terrenos propiedad de la actora, interpuesta por la compañía INMOBES C.A. contra la compañía CONSTRUCTORA A.A., C.A., ambas partes identificadas en autos. Queda así confirmado en todas sus partes el fallo recurrido dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 26 de marzo de 2013, declarándose SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la misma por la Compañía actora INMOBES C.A."
SEGUNDO: Que la Compañía accionada, CONSTRUCTORA A.A., .....